SFSM

Miembros asociados

En los estatutos de nuestra Entidad se concretan las diversas formas de afiliación que a continuación se detallan:

a) Miembros Asociados: Tendrán esta condición las personas antes indicadas, las cuales habrán de ser personas Sordas. Los Miembros Asociados deberán pagar una cuota establecida por la Asamblea General.
Los menores no emancipados de más de 14 años deberán contar con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas (padres o tutor/a) que deban suplir su capacidad.

  • Activos:Tendrán la condición de socios activos todos los sordos/as mayores de 18 años que reúnan los requisitos establecidos en los presentes Estatutos.
  • Aspirantes: Se considerarán socios aspirantes los sordos/as mayores de 14 años y menores de 18. Sus cuotas mensuales serán reducidas.
  • Jubilados: Tendrán esta condición los sordos/as de más de 65 años, siendo las cuotas mensuales a abonar la mitad que las del socio activo.
  • Forasteros: Podrán solicitar su afiliación con este carácter los sordos/as que tengan su domicilio a una distancia mínima de 25 Km de Málaga. Teniendo en cuenta esta situación, las cuotas mensuales serán inferiores a las normales.
  • Estudiantes: Para ser considerado socio estudiante, debe aportar documentación fehaciente de su condición como tal. Le será aplicada una bonificación en sus cuotas mensuales.
  • Especiales: Personas Sordas con otro discapacidad y situación social

b) Miembros Colaboradores: Podrán solicitar su afiliación con este carácter las demás personas físicas, siempre que deseen colaborar con la Sociedad Federada de Personas Sordas de Málaga en su ámbito de actuación, compartan sus fines y objetivos y realicen actividades relacionadas con los mismos. Los Miembros Colaboradores deberán pagar una cuota establecida por la Asamblea General.