La Constitución Española en su artículo 43 refleja como uno de los derechos fundamentales el derechos a la protección de la salud de todas las personas. En todas las sociedades existen grupos sociales que presentan mayor riesgo debido a sus circunstancias, como es el caso de las personas sordas.
El sistema de cuidados a la salud presenta una amplia gama de relaciones con el sistema social que garantiza a los individuos el poder disponer de una asistencia médica adecuada. Esta asistencia debe de ser accesible, asimismo , a las personas sordas poniendo a su alcance los medios necesarios para disfrutar de ellos.
Nuestros objetivos – Informar y mentalizar a los profesionales sanitarios y a la población en general de las necesidades, en materia de educación sanitaria, que tienen las personas sordas.
– Recabar información sobre los servicios sanitarios accesibles al usuario.
– Fomentar la participación de las personas sordas en todo aquello relacionado con la salud.
– Dar a conocer a las personas sordas la forma de acceso a los servicios sanitarios.
– Estudiar las necesidades formativas e informativas de la Comunidad sorda en materia de salud.
– Garantizar el acceso a la información médica el intérprete de Lengua de Signos.